Actuaciones de verificación y control de comercialización de GLP

Desde la Subsecretaría de Defensa al Consumidor se viene realizando tareas de fiscalización y control del cumplimiento de las normas relacionadas a la comercialización del GLP, enmarcadas en el Acta Acuerdo de contralor de los precios de referencia del sector de gas licuado de petróleo (GLP) y el precio y condiciones de venta de la denominada garrafa social.

Desde la Subsecretaría de Defensa al Consumidor se viene realizando tareas de fiscalización y control del cumplimiento de las normas relacionadas a la comercialización del GLP, enmarcadas en el Acta Acuerdo de contralor de los precios de referencia del sector de gas licuado de petróleo (GLP) y el precio y condiciones de venta de la denominada garrafa social.

Mediante la Resolución 792/05 de la Secretaría de Energía de Nación, se reglamento el art. 34 de la Ley 26.020 para la fijación de los precios de referencia regionales en envases de hasta 45 kg. y además se aprobó la zonificación geográfica para aplicar los referidos precios.

Estas tareas de verificación permitieron hasta el momento comprobar la existencia en la ciudad de Formosa, de más de 300 comercios dedicados a la comercialización de gas envasado, muchos de los cuales no cuentan con la habilitación municipal obligatoria para la venta de este producto. Situación esta, una vez verificada, fue puesta en conocimiento de las autoridades municipales, para su correspondiente actuación. Las actuaciones permitieron verificar que algunos comercios que poseen habilitación municipal, no tienen la correspondiente habilitación que requiere la venta del gas envasado. Así también se verificó un alto incumplimiento en la exhibición obligatoria de precios al consumidor, que motivó el labrado de actas de infracción por incumpliendo a la Resolución de Exhibición de precios.

Exhibición de precios, Deber de informar:

Los precios deben ser exhibidos siempre, especificando las características del producto, en listas o carteles que deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, durante la totalidad del horario de atención.

Al momento de realizar su compra, debe tener en cuenta: que el precio de venta sea el correspondiente, y si solicita envío a domicilio consulte el precio por este servicio, y exija que sea discriminado en la factura, es decir que especifiquen el precio del envase y como otro concepto el servicio a domicilio.

Siempre exija su factura de compra, ya que es imprescindible para realizar su reclamo, y es el documento que prueba la relación de consumo.

Servicio a domicilio:

Cuando como consumidores solicitamos el envío a domicilio de un envase de gas, sea este un envase o cilindro, generalmente el pedido es telefónico, debemos solicitar siempre como información cuál es el costo del envase y cuál es el costo del envío a domicilio. Si esta información no es suministrada debo desconfiar de la buena fe del comerciante. Además estos precios deben ser facturados y discriminados por separado, no solamente para que el comerciante cumpla con su obligación tributaria sino porque como consumidores ante cualquier defecto del envase, o la calidad del producto o un contenido menor al del envase, el documento que prueba la relación de consumo es la factura, y debe denunciar ante la Subsecretaría de Defensa al Consumidor este hecho.

Llama la atención la práctica comercial de algunos vendedores que por ejemplo, ante la solicitud del envío a domicilio de un cilindro de 45 kg. cuyo precio de referencia no debe superar los 3, cobran finalmente al consumidor entre 5 y 0, sin facturarlo y alegando un único precio "disfrazando" el valor real del producto.
Para combatir esta prácticas abusivas y especulativas de algunos comerciantes de un producto esencial como es el gas envasado, debe denunciar esta actitud y exigir la factura de compra, con los valores discriminados del envase de gas y el servicio a domicilio.

Actuaciones en la vía publica:

En el relevamiento realizado durante esta semana, se verificaron 34 locales de nuestra ciudad en 5 barrios, entre los que se encuentran desde distribuidores, hasta kioscos. De la totalidad más del 80 % de los comercios no extienden factura de compra. Y más del 60 % no posee la habilitación obligatoria para la comercialización de GLP.
Según manifestaciones de los propios comerciantes minoristas inspeccionados, sus propios proveedores de gas (PARQUE GAS y FORMOSA GAS) le comercializan el producto a un precio de alrededor de , liberándolos para la venta al público a valores que van de los a los , sin extender la correspondiente factura de venta del producto; esta práctica además de evadir las obligaciones tributarias, y vender "en negro" el producto al comerciante, incluye a éste en la cadena de responsabilidad de distorsión de los precios de referencia que perjudican al consumidor al momento de comprar este producto. Y si a esto le sumamos que la gran mayoría de los comercios no cumple con la obligatoriedad de entregar al consumidor la factura o ticket de compra, se incumple además con la Ley de Defensa al consumidor. Esto motivó además el labrado de actuaciones por este incumplimiento.
Garrafa social: los puntos habilitados para la comercialización de la denominada garrafa social deben comercializarla a que es el valor establecido por la Secretaría de Energía para la Zona II en la que esta incluida Formosa. La política de precios del Gobierno Nacional, para garantizar el acceso a este producto a las familias de más bajos recursos, sostiene la vigencia de la denominada garrafa social al mismo precio de referencia fijado por la autoridad nacional desde el inicio de la regulación en la comercialización del gas envasado. Es decir que el precio de la garrafa social nunca estuvo sujeto a modificación por las sucesivas resoluciones de fijación de precios de referencia.
En nuestra ciudad capital existen 4 puntos de venta habilitados para la comercialización de garrafa social: 3 de YPF GAS Villa del Carmen, Parque Industrial, Lote 68, y 1 de TOTAL GAS en el Barrio El Resguardo.
En estos puntos de venta el consumidor no debe pagar adicional alguno sobre los que es el precio establecido, y debe exigir la factura de compra y el comerciante está obligado a entregársela.
Se han detectado y sancionado casos, en que se cobraron por sobre los , un importe en concepto de "servicio de despacho", que aun siendo facturados no está autorizado a cobrarlo el comerciante y el consumidor debe denunciar este hecho ante la Subsecretaría de Defensa al Consumidor.

Señor consumidor, exija su factura de compra, no compre en aquellos comercios donde los precios no estén exhibidos, no permita que le cobren conceptos que no corresponden. Solicite información antes de hacer su pedido a domicilio y denuncie aquellos comerciantes que incumplen con su obligación y no respetan sus derechos como consumidor, puede hacerlo acercándose a las oficinas de nuestra Subsecretaría: José M. Uriburu 208, y puede realizar sus consultas a través de la línea gratuita 0800-4446688, o vía mail: subconsumidor@formosa.gov.ar