Promulgación de Leyes
Descripción
Recepción de los proyectos de leyes sancionados por la H. Legislatura que el Poder Ejecutivo debe promulgar o, en su caso, observar o vetar, en cumplimiento de la Constitución Provincial.
Requisitos
Se requiere la intervención y opinión de los organismos competentes, como medida previa a la promulgación u observación de la ley.
DOCUMENTACIÓN
Dictamen de los organismos de asesoramiento.
Informe técnico de las dependencias específicas en la materia de la que trate el proyecto de ley.
Domicilio: | Belgrano 878 - 5º Piso |
Teléfono: | (54) 0370 - 4426000/1/2/3 Int. 314 |
Responsable: | Oscar Casco |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. y de 18:00 a 21:00 hs. |
Duración Aproximada:
10 días hábiles aproximadamente.
¿Cómo se realiza el trámite?:
Personal