Baja por fallecimiento
Descripción
La medida consiste en declarar la baja de un agente por haberse producido su deceso. El objetivo es acreditar la desvinculación con la Administración a efectos de que sus derechos habientes gestiones el pago de la pensión, en caso de corresponder.
Requisitos
DOCUMENTACIÓN
Partida defunción del agente.
Documentación que acredite el vínculo con los herederos.
Certificados de libre deudas de los organismos provinciales.
Domicilio: | Belgrano 878 - Planta Baja |
Teléfono: | (54) 0370 - 4426000/ 1/ 2/ 3 |
Responsable: | Noemí Portillo |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Estatuto para el personal de la Administración Pública. - Decreto Ley Nº 696/78 |
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Duración Aproximada:
60 días aproximadamente.
¿Cómo se realiza el trámite?:
Por correo postal
Personal