Alta Convenio Multilateral
Descripción
Alta de Convenio Multilateral. Alta en Jurisdicción sede y otras Jurisdicciones o Provincias.
Requisitos
Las actividades a que se refiere el presente convenio son aquellas que se ejercen por un mismo contribuyente en una, varias o todas sus etapas en dos o más jurisdicciones.
Requisitos para inscribirse en Convenio Multilateral RUT
Se encuentra vigente el Registro Único Tributario para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán. También quedan comprendidos los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de las provincias de Córdoba y Santa Cruz.
Todas aquellas modificaciones, inscripciones y ceses de Convenio Multilateral, deben realizarse en el sitio web de AFIP a través de RUT Registro Único Tributario, siempre que la jurisdicción sede este adherida.
¿Cómo se accede al "Registro Único Tributario"?
Para acceder se debe ingresar al servicio web "Sistema Registral" con CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior.
Los datos informados revestirán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a la verificación por parte de esta Administración Federal, de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
En dicho servicio se podrá realizar el alta, modificación de datos o baja de impuestos.
Al ingresar al Registro se debe verificar los datos incorporados y, de corresponder, efectuar su modificación.
Tener en cuenta que la fecha a consignar como alta en el Régimen del Convenio Multilateral debe ser posterior a la solicitud de la baja del Régimen General.
Fuente: Convenio Multilateral del 18/08/77 - Resolución General N° 036/2017 y Resolución General N° 03/2008 de la Comisión Arbitral.
Ley de Convenio Multilateral - Ley Nº Convenio Multilateral del 18/08/77 |
Descargar Texto Completo de la Norma () |
Resolución General de la Comisión Arbitral - Resolución Nº 72/99 |
Texto de la Norma No Disponible |
10 a 15 minutos
En línea
Trámites similares
Trámites Externos
Paso a paso
Solicitar Constancias
Solicitar constancia de CUIL (ver Trámites Externos).
Solicitar Certificado de Domicilio
Dirigirse a la comisaría o destacamento policial más cercano y solicitar Certificado de domicilio.
Presentar Documentación
Dirigirse a las oficinas de la DGR con la documentación requerida.