Asesoramiento Jurídico
Descripción
Realizar dictamen para la formación o renovación de las Juntas Vecinales en todo el territorio de la provincia de Formosa, de conformidad a las disposiciones de la Ley 1028 y la resolución ministerial Nº 322/01 del Ministerio de Gobierno.
Requisitos
- Pedido de cada comunidad firmado por los propios beneficiarios de la futura organización vecinal.
- Presentación de un padrón de vecinos del lugar.
- Aprobación por parte de la Dirección de Municipios de la documentación presentada.
- Fijación de la fecha de Asamblea vecinal.
Domicilio: | Brandsen N° 1037 - Monoblock "C" - 2º Piso CP 3600 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4433675 |
E-mail: | direccionmunicipios@formosa.gob.ar |
Responsable: | Juan Elvas |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Ley de Municipios - Ley Nº 1028 |
Descargar Texto Completo de la Norma () |
Reglamento para las Juntas Vecinales - Resolución Nº 322/01 |
Texto de la Norma No Disponible |
¿Cómo se realiza el trámite?:
Personal